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FONDO CONCURSABLE PARA ESTÍMULO A LA INVESTIGACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA U.P.C.H.
REGLAMENTO
(Aprobado por el Consejo Universitario en su sesión del 4 de Mayo del 2005)
Art. 1. La Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) de acuerdo a lo aprobado por el Consejo Universitario y por la
Asamblea Universitaria en el Plan Estratégico para el año 2005, establece el Fondo para Estímulo a la Investigación de los
Estudiantes en esta Casa de Estudios.
Art. 2. El Fondo será destinado para estimular proyectos de investigación de los estudiantes del pre-grado, que tengan
las siguientes características:
- Que participen en ellos alumnos de todas las facultades, a partir del segundo año de estudios, con un profesor asesor.
Por profesor asesor se entiende a los profesores ordinarios o contratados que hayan prestado servicios durante los dos semestres
anteriores a la convocatoria y por alumnos, a los estudiantes de pre-grado matriculados en un mínimo de 8 créditos en el semestre que
se lleve a cabo el concurso.
- El proyecto deberá tener una duración máxima de 18 meses.
Art. 3. La suma anual de que se dispone para este Fondo provendrá de donaciones de diferentes patrocinadores.
Art. 4. Los pagos a considerar incluirán insumos y gastos operativos, pero no honorarios.
Art.5. El Vicerrectorado de Investigación informará a las Facultades e Institutos, al inicio del año académico, la
existencia de este fondo para apoyar a los mejores proyectos que se presenten hasta la fecha señalada como Cierre de Convocatoria.
La adjudicación de los fondos se llevará a cabo en Septiembre en los actos celebratorios de la Universidad.
Es responsabilidad de las Facultades e Institutos la promoción de dicha información y el incentivo para la presentación de
proyectos de adecuada calidad y diseño.
Art. 6. Los Proyectos deberán ser presentados a la Dirección Universitaria de Investigación, Ciencia y Tecnología (DUICT),
por el alumno(a) coordinador(a) del proyecto, a través de sus Unidades Operativas (Facultades ó Institutos), con la firma de
aval del Director de Investigaciones de la Facultad ó Instituto y del jefe de la Unidad Operativa.
Art.7. Se conformará una Comisión Evaluadora presidida por el Vicerrector de Investigación, e integrada por el Director de
Investigación y 3 miembros elegidos por el Comité Técnico entre los profesores de la UPCH, que se dediquen mayoritariamente a la
investigación.
Art. 8. La Comisión Evaluadora determinará la dinámica de selección de ganadores, designando a los revisores de los
proyectos. Estos deben ser investigadores que estén trabajando en el área de competencia de los proyectos presentados.
Posteriormente, y en base a la opinión de los revisores, se seleccionará los mejores proyectos antes del 30 de Setiembre del mismo año.
Art. 9. El fallo y determinaciones de la Comisión son inapelables.
Art. 10. El Fondo de Apoyo recibido será administrado por el Vicerrectorado de Investigación en coordinación con la Dirección
General de Administración.
Art.11. Los criterios para la calificación de los proyectos serán
los siguientes:
- Uso de bibliografía actualizada
- Análisis del estado actual de la situación científica planteada
- Relevancia de los objetivos y de la hipótesis
- Diseño de la investigación.
- Propuesta de análisis de datos
- Adecuación de cronograma, con objetivos y recursos
- Relevancia y originalidad de los resultados para el avance de la ciencia, de la tecnología y/o del conocimiento.
- Alcance o aplicabilidad de los resultados a corto o largo plazo
Art. 12. Los alumnos de los proyectos premiados están obligados
a presentar a través de sus respectivas Facultades y/o Institutos:
- Informe parcial de avance del estudio.
- Informe final del estudio.
- Informe y sustentación de los gastos realizados.
- Cualquier publicación académica que resulte de la investigación. No se otorgarán nuevos fondos en concursos futuros a aquellos
alumnos que no hayan cumplido con los puntos 2 y 3 de éste artículo.
Art. 13. Cualquier aspecto relativo a los proyectos favorecidos por este Fondo y que no esté considerado en
este Reglamento o en la convocatoria anual se decidirá en el Comité Técnico del Vicerrectorado de Investigación.
Art. 14. En la convocatoria anual se pormenorizará el número de proyectos que serán apoyados, y todos los detalles
que sean necesarios precisar.
* Formatos de presentación (Fondo Concursable)
* Inscribir Proyectos en el SIDISI
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