De Acuerdo al Decreto Legislativo 822 – Ley de derecho de autor (23 de abril de 1996) la Biblioteca vela por su
cumplimiento, haciendo hincapié en el art. 1, 42, 43 del D.L. (ver Disposición)
La Universidad en cumplimiento de este D.L 822, protege el Derecho de autor y permite el fotocopiar con fines académicos:
- Libros registrados en la Biblioteca: solamente hasta dos capítulos.
- Los libros que recién ingresan a la Biblioteca como nuevos no se fotocopian ni se prestan a domicilio, hasta
después de un año, de estar en el servicio de consulta y lectura en sala.
- Revistas: hasta 3 artículos se pueden fotocopiar.
- Tesis: están restringidas y tiene que llenar el formato de autorización, solamente pueden fotocopiar:
resumen, introducción, conclusión, bibliografía, cuadros, anexos.
- Material audiovisual: Los materiales audiovisuales están protegidos dentro de este DL. y la Universidad se
ciñe a su tratamiento de reproducción con fines solamente académicos, están comprendidos: (temas específicos de
videos, CDs-rom, DVD).
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