NORMAS PARA EL AUSPICIO ACADÉMICO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS Y ACADÉMICAS NO ORGANIZADAS POR LA UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA
La Universidad Peruana Cayetano Heredia podrá prestar auspicio institucional a diversas actividades científicas o
académicas organizadas por instituciones o entidades ajenas a ella. Las actividades científicas o académicas son las siguientes:
- Congresos y/o cursos internacionales, nacionales o regionales.
- Simposios, seminarios o mesas redondas.
- Cursos de extensión
- Cursillos
- Jornadas
- Conferencias
El auspicio para tales actividades deberá ser solicitado oficialmente por la máxima autoridad de la institución
interesada al Rector de la Universidad, quien lo presentará al Consejo Universitario.
No se podrá dar auspicios a través de las Facultades.
Las solicitudes de auspicio deberán hacerse con la debida anticipación, por lo menos 30 días antes del evento. De lo
contrario no se aceptarán.
El Consejo Universitario discutirá y tomará conocimiento del asunto según el caso, en sesión ordinaria. El acuerdo
correspondiente será comunicado a la entidad solicitante por medio de Secretaria General, comunicación en la cual se
pedirá a aquélla que remita oficialmente a la universidad las actas, anales, conclusiones, recomendaciones y resúmenes, o
cualquier otra publicación a que la actividad auspiciada haya dado lugar.
Para quienes usen el auspicio sin haber sido concedido el Consejo Universitario determinará el tipo de sanción, sin
perjuicio de la acción legal que la UPCH pudiera presentar contra la institución responsable.
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