Esta página contiene la Propuesta de Reglamento, el Resumen de la Situación Normativa y el Reglamento Aprobado en Julio 1995.
Reglamento (propuesto en Julio 1995)
Los párrafos en itálica corresponden a la propuesta formal. Los párrafos indentados, como éste, son comentarios que no forman parte del texto formal propuesto. Esta norma está bajo el Estatuto de la UPCH, a su vez bajo la ley peruana. En rojo están frases que fueron retiradas de la propuesta.
1. Definición : El Centro de Cómputo de la UPCH es la unidad operativa técnica cuyo propósito es gestionar el apoyo informático a las actividades de la Universidad.
CC debe constituirse en una instancia técnica que, analizando constantemente las necesidades de la Universidad, y contando con suficientes recursos, se hará cargo directamente de las actividades informáticas, en su rol instrumental. No se desea que su desarrollo inhiba las actividades informáticas descentralizadas, en particular aquellas con orientación académica, sino mas bien que aquellas acciones que afecten al conjunto de la Universidad sean estrechamente coordinadas y supervisadas por CC.
2. Organización : El Centro de Cómputo, a
través de su Director,
depende directamente del Rectorado.
El Director del Centro propondrá anualmente el plan de trabajo, la propuesta normativa y el presupuesto, necesarios para cumplir sus funciones, las cuales serán ejecutadas una vez obtenida la aprobación correspondiente.
El Director del Centro debe ser un Profesor Ordinario Asociado o Principal, miembro del Departamento de Física y Matemáticas, designado por el Consejo Universitario a propuesta del Rector.
El puesto de Director se interpreta como un cargo técnico estable (a largo plazo, debería llegarse a el por línea de carrera, elegido entre los miembros aptos de CC) y calificado, por debajo de los cargos de confianza. Para asegurar que la visión técnica no menoscaba la perspectiva académica institucional, se propone que sea necesariamente un miembro de DFM, el departamento más afín. Entre el Rectorado y el Director/CC puede situarse una Oficina de Información y Sistemas que supervise Direcciones Técnicas relacionadas (entre ellas CC), aunque no sería deseable incrementar la frondosidad administrativa.
Para cumplir sus funciones, el Centro de Cómputo incorporará a profesionales y técnicos, propuestos por el Director, conformando el Equipo Técnico del Centro, quienes deben constituirse también en miembros (Profesores Ordinarios o Personal Nombrado) del Departamento de Física y Matemáticas.
No se desea fijar de manera permanente una composición estricta. El principio general debe ser el funcionamiento con el mínimo necesario de personal estable, adecuadamente calificado. Adicionalmente se solicitarán anualmente plazas para personal eventual de acuerdo a las necesidades. La membrecía concomitante en DFM debe entenderse no como consecuencia automática, sinó como el requisito de satisfacer la exigencia académica de DFM para pertenecer a CC.
3. Funciones :
3.1 Son funciones exclusivas del Centro de Cómputo :
a) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Base de Datos Institucionales, cuyo objetivo es organizar en forma computarizada la información operacional estratégica (académica y gerencial) de la Universidad de manera que esté accesible constantemente de manera clara, confiable, segura y oportuna a los miembros de la Universidad, de acuerdo a su necesidad.
b) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Red Informática, cuyo objetivo es interconectar los equipos informáticos de la Universidad entre sí y con las instituciones afines nacionales e internacionales permitiendo el intercambio eficiente de información.
c) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Unidad de Soporte Técnico, cuyo objetivo es asegurar (directa o indirectamente) que la Universidad disponga, en forma costo-efectiva, de : (i) asesoría sobre Tecnología de la Información (TI) para sus usuarios miembros y beneficiarios; (ii) instalación, configuración, y mantenimiento preventivo, diagnóstico y reparativo de sus sistemas de hardware y software; y (iii) adquisición y renovación de equipos, insumos y servicios informáticos.
Estas funciones le dan a CC autoridad y responsabilidad sobre las actividades informáticas internas a nivel institucional, en el espíritu de coordinar y promover, más nó inhibir iniciativas que favorezcan a la UPCH. Estas actividades son nudos críticos en la Universidad que deben ser atendidos de manera especializada.
3.2 Son funciones del Centro de Cómputo, sin caracter exclusivo :
a) Diseñar, coordinar, supervisar y ejecutar el Programa de Capacitacion Interna en Tecnología de la Información, cuyo objetivo es mantener una distribución competitiva de los conocimientos, destrezas y actitudes en Tecnología de la Información por parte de los miembros de la Universidad.
b) Diseñar, coordinar, implementar y operar el Núcleo de Gestión de Información y Conocimiento, cuyos objetivos son (i) mantener el acervo de la colección y producción de información académica de la UPCH en forma computarizada, accesible, constantemente actualizada; y (ii) asegurar que los procesos de transformación y elaboración de la información computarizada se ejecuten eficientemente.
c) Concertar, coordinar, asesorar y apoyar a las unidades operativas de la Universidad en la formulación de proyectos y la ejecución de actividades de investigación, desarrollo, docencia y servicio en informática teórica, práctica o aplicada.
Estas funciones le dan a CC el caracter de espacio de concertación de las actividades dirigidas hacia el exterior que involucran la capacidad informática de la Universidad.
4. Recursos :
Son recursos de CC : (i) los asignados por el plan anual sólo
para sus funciones exclusivas, y (ii) los recursos propios
destinados sólo para sus funciones no exclusivas.
Disposiciones Complementarias
I. La sede central del Centro de Cómputo funcionará en un módulo del Pabellón de Ciencias. Los gastos de mantenimiento serán asumidos por el Presupuesto central de la UPCH. El Centro de Cómputo administrará los equipos de la red (routers, enlaces y servidores) y los espacios asignados a ellos en los diferentes locales de la Universidad. Dos plazas de profesores ordinarias del Departamento de Física y Matemáticas serán destinadas a la disposición del Centro de Cómputo.
II. Los archivos y aplicaciones computarizados de registros académicos presentes en las Facultades, Escuela de Postgrado, la Escuela de Enfermeras, el Centro de Salud Pública, el Centro Pre-Universitario y Oficinas pertinentes serán centralizados en el servidor del Centro de Cómputo, el cual asumirá su administración técnica dentro de un plazo de sesenta dias. Los documentos originales, archivados en las respectivas dependencias, continuarán siendo la referencia inapelable.
III. La Comisión encargada de la aprobación
técnica de las adquisiciones informáticas a que se hace
referencia en el Presupuesto de 1995 estará conformada por el
Equipo Técnico del Centro de Cómputo, encargándosele emitir
opinión sobre las recomendaciones de adquisición de bienes y
servicios en los rubros de Informática y Comunicaciones, dentro
de un plazo máximo de tres meses.
Los contratos vigentes de mantenimiento y servicio técnico no
serán renovados automáticamente. Serán reemplazados de acuerdo
a las recomendaciones emitidas por el Centro de Cómputo.
El Centro de Cómputo determinará prioritariamente las
adquisiciones y reparaciones que no pueden esperar el plazo
estipulado.
IV. Los actuales servicios contratados, o en proceso de contratación, para la provisión de programas o sistemas de información a cualquier dependencia central serán transferidos al Centro de Cómputo.
V. La partida 130035 467-17 actualmente asignada al Centro de Cómputo se reservará para los recursos propios conforme el artículo 4 II del presente Reglamento. Se abrirá una partida contable adicional para el Centro de Cómputo, reservada para los recursos institucionales conforme a dicho artículo 4 I del Reglamento.
Situación (hasta Junio 1995)
Centro de Cómputo se creó por acuerdo de Consejo Universitario del 15/May/85, a propuesta del Vice-Rector Académico (CAR-VRAC-035-85 del 07/May/85), ejecutado por Resolución Rectoral 077-A-85-UPCH del 23/May/85, conformándose una Comisión Organizadora que propuso las Normas de Operación del Centro de Cómputo, aprobadas por acuerdo del Consejo Universitario del 17/Jul/85, ejecutado por Resolución Rectoral 118-85-UPCH del 31/Jul/85, encargándose al Vice-Rectorado Académico su cumplimiento, y por Resolución Rectoral 119-85-UPCH del 31/Jul/85, designando al Comité Directivo, conformado por los profesores : Miguel Campos Sánchez, Director, José Gálvez Brandon, Aníbal Gastañaga Coll, Rodolfo Gonzáles Enders y Humberto Guerra Allison. De las Normas de Operación, citamos :
"1. Definición
El Centro de Cómputo de la UPCH es un conjunto de recursos
humanos y materiales, organizado como una red, denominada Red de
Computación e Informática (RCI), cuyo propósito es dar apoyo
informático (servicios de computación) a las actividades de
investigación, docencia, servicio y administración."
"3. Estructura
Las facilidades de cómputo de la UPCH se organizarán como una
red de servicios informáticos, conectada por un sistema de
comunicaciones. En esta red, los nodos están constituidos por
las unidades operativas que poseen computadores. Los miembros de
la RCI se organizan de la siguiente manera :
3.1 El Comité Directivo (CD), dependiente del Rectorado, formado
por el Director de la RCI y cinco miembros, profesores de la UPCH
nombrados por el Consejo Universitario a propuesta del Rector. El
CD tiene funciones de decisión dentro de la RCI y asesoría en
el campo para los órganos de gobierno de la UPCH.
3.2 La Dirección, dependiente del Comité Directivo, ejercida
por un profesor de la UPCH nombrado por el Consejo Universitario
a propuesta del Rector. Eventualmente la dirección contará con
un equipo técnico. Sus funciones son de dirección, coordinación,
supervisión, control y evaluación.
3.3 El Comité Técnico Asesor, designado por el CD, formado por
especialistas en informática, miembros regulares o invitados a
la UPCH, encargado de las funciones de asesoría técnica.
3.4 Las Unidades de Cómputo (UC), pertenecientes a algunas
Unidades Operativas de la UPCH, dirigidas por sus Jefes,
profesores de la UPCH designados por los jefes de las respectivas
Unidades Operativas. Sus funciones son de ejecución."
CC fué inicialmente ubicado usando las facilidades de la Unidad de Cómputo del Proyecto PROASA, las cuales fueron retornadas a la administración del proyecto el 15 de Julio de 1989. A partir de esa fecha, CC opera en un espacio compartido con el Departamento de Física y Matemáticas. CC dispone de la cuenta interna 130035 467-17 que se emplea para canalizar los recursos obtenidos por servicios. CC sólo dispone de una operadora contratada por horas de acuerdo a la demanda, y la dedicación parcial de dos profesores del Departamento. Al momento presente, Director de Centro de Cómputo reporta a Rectorado. El Comité Directivo no ha sido convocado nuevamente después de 1985.
Reglamento (aprobado en Julio 1995)
REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO
Aprobado por Consejo Universitario el 6 de Julio de 1995
Marco Referencial
a) Con fecha 15 de mayo de 1985, el Consejo Universitario acordó crear el Centro de Cómputo de la UPCH, nombrándose una Comisión Organizadora a la que se encargó la confección del Reglamento en cuya redacción deberían constar las siguientes recomendaciones:
2. Que toda maquina nueva que exista o se adquiera por cualquier dependencia o departamento de la Universidad entrará a formar parte de Centro.
3. Que la autonomía de operación será dentro del Centro.
4. Que la adquisición futura de toda máquina sea coordinada con los lineamientos del Centro."
b) Con fecha 17 de julio de 1985, el Consejo Universitario aprobó las "Normas de operación" del Centro, las cuáles lo definen como
Asímismo, dichas Normas establecen los objetivos, estructura, procedimientos, funciones del personal, operación y asignación de recursos, implementación de nuevos sistemas y financiación del Centro.
c) Con fecha 17 de mayo de 1995, el Consejo Universitario aprobó la "Propuesta para la Ejecución Presupuestal 1995", en cuya Disposición Complementaria (c) se propone :
Reglamento
2.
Organización :
El Centro de Cómputo, a través de su Director,
depende directamente del Rectorado.
El Director del Centro propondrá anualmente el plan de trabajo, la propuesta normativa y el presupuesto, necesarios para cumplir sus funciones, las cuales serán ejecutadas una vez obtenida la aprobación correspondiente.
El Director del Centro debe ser un Profesor Ordinario designado por el Consejo Universitario a propuesta del Rector.
Para cumplir sus funciones, el Centro de Cómputo incorporará a profesionales y técnicos, propuestos por el Director, conformando el Equipo Técnico del Centro.
3. Funciones :
3.1 Son funciones exclusivas del Centro de Cómputo :
a) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Base de Datos Institucionales, cuyo objetivo es organizar en forma computarizada la información operacional estratégica (académica y gerencial) de la Universidad de manera que esté accesible constantemente de manera clara, confiable, segura y oportuna a los miembros de la Universidad, de acuerdo a su necesidad.
b) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Red Informática, cuyo objetivo es interconectar los equipos informáticos de la Universidad entre sí y con las instituciones afines nacionales e internacionales permitiendo el intercambio eficiente de información.
c) Diseñar, coordinar, implementar y operar la Unidad de Soporte Técnico, cuyo objetivo es asegurar (directa o indirectamente) que la Universidad disponga, en forma costo-efectiva, de : (i) asesoría sobre Tecnología de la Información (TI) para sus usuarios miembros y beneficiarios; (ii) instalación, configuración, y mantenimiento preventivo, diagnóstico y reparativo de sus sistemas de hardware y software; y (iii) adquisición y renovación de equipos, insumos y servicios informáticos.
3.2 Son funciones del Centro de Cómputo, sin caracter exclusivo :
a) Diseñar, coordinar, supervisar y ejecutar el Programa de Capacitacion Interna en Tecnología de la Información, cuyo objetivo es mantener una distribución competitiva de los conocimientos, destrezas y actitudes en Tecnología de la Información por parte de los miembros de la Universidad.
b) Diseñar, coordinar, implementar y operar el Núcleo de Gestión de Información y Conocimiento, cuyos objetivos son (i) mantener el acervo de la colección y producción de información académica de la UPCH en forma computarizada, accesible, constantemente actualizada; y (ii) asegurar que los procesos de transformación y elaboración de la información computarizada se ejecuten eficientemente.
c) Concertar, coordinar, asesorar y apoyar a las unidades operativas de la Universidad en la formulación de proyectos y la ejecución de actividades de investigación, desarrollo, docencia y servicio en informática teórica, práctica o aplicada.
4. Recursos :
Son recursos del Centro de Cómputo : (i) los
asignados por el plan anual sólo para sus
funciones exclusivas, y (ii) los recursos propios
destinados sólo para sus funciones no exclusivas.
Disposiciones Complementarias
II. Los archivos y aplicaciones computarizados de registros académicos presentes en las Facultades, Escuela de Postgrado, y Oficinas pertinentes serán centralizados en el servidor del Centro de Cómputo, el cual asumirá su administración técnica dentro de un plazo de sesenta dias. Los documentos originales, archivados en las respectivas dependencias, continuarán siendo la referencia inapelable.
III. El Comité encargado de
la aprobación técnica de las adquisiciones
informáticas a que se hace referencia en el
Presupuesto de 1995 estará conformada por el
Equipo Técnico del Centro de Cómputo, encargándosele
emitir opinión sobre las recomendaciones de
adquisición de bienes y servicios en los rubros
de Informática y Comunicaciones, dentro de un
plazo máximo de un mes.
Los contratos vigentes de mantenimiento y
servicio técnico no serán renovados automáticamente.
Serán reemplazados de acuerdo a las
recomendaciones emitidas por el Centro de Cómputo.
El Centro de Cómputo determinará
prioritariamente las adquisiciones y reparaciones
que no pueden esperar el plazo estipulado.
IV. Los actuales servicios contratados, o en proceso de contratación, para la provisión de programas o sistemas de información a cualquier dependencia central serán transferidos al Centro de Cómputo.
V. La partida 130035 467-17 actualmente asignada al Centro de Cómputo se reservará para los recursos propios conforme el artículo 4 II del presente Reglamento. Se abrirá una partida contable adicional para el Centro de Cómputo, reservada para los recursos institucionales conforme a dicho artículo 4 I del Reglamento.